Externalidades negativas.
Del-beneficio-privado-al-costo-colectivo-la-explotacion-de-los-recursos-comunes-en-america-latina.
Grupos de interes.
El plástico seguirá contaminando.
Lino Armando Lopez Torres
Externalidades negativas.
Del-beneficio-privado-al-costo-colectivo-la-explotacion-de-los-recursos-comunes-en-america-latina.
Grupos de interes.
El plástico seguirá contaminando.
Podemos decir que una de las funciones del derecho es buscar
soluciones a las problemáticas sociales a través de la institucionalización.
En este sentido, el derecho siempre corre detrás de los hechos. Si miramos el
derecho comparado, y sin irnos demasiado lejos, en la ciudad de Corrientes
existe una Ordenanza (6601) sobre Espacios Culturales Independientes que
los categoriza —por ejemplo, en relación con la capacidad de personas— e
incluye incluso figuras como la Casa de Artistas, domicilios
particulares habilitados para actividades culturales. Además, se da la importancia
que se merece a las condiciones de seguridad que deben cumplirse,
mostrando una forma de encuadrar legalmente estos espacios sin perder de vista
su carácter cultural.
Algunas de las situaciones conflictivas que pueden
tener los espacios culturales independientes en la ciudad de Posadas se deben
en gran parte al desconocimiento de los derechos y obligaciones en los
que están inmersos. Algunas preguntas frecuentes son: ¿se pueden publicar
abiertamente las actividades a realizar en el espacio? ¿Se puede vender bebidas
o comidas? ¿Cuál es el criterio que se debe aplicar para el ingreso de menores
de edad, teniendo en cuenta que hablamos de participación cultural? ¿Cómo
proceder ante una denuncia por ruidos molestos? ¿Y qué sucede si alguien se
lastima dentro del espacio? ¿De quién es la responsabilidad? Estas son dudas reales
que muestran la necesidad de contar con reglas claras y adaptadas a la realidad actual.
Los espacios culturales no son bares, ni boliches, ni
confiterías. Tienen un propósito principal: ser vehículos de cultura y participación
ciudadana. Sin embargo, quienes se animan a regularizar sus espacios en el
ámbito municipal se encuentran con la exigencia de realizar varias
habilitaciones de diferentes rubros, ya que ninguna de las existentes contempla
la totalidad de sus actividades. Por eso, hay que burocratizar para desburocratizar:
crear una normativa que, en lugar de trabar, ordene y permita funcionar. Es
necesario un procedimiento específico, construido a partir de una discusión
amplia con todos los sectores involucrados, para que la ley pueda
finalmente cumplir su propósito. Será solo un camino, pero un camino al fin,
para hacer espacios.
El último informe realizado por el centro
regional V-Dem[i],
que analiza en base a una compleja serie de variables el estado de las
democracias en todo el mundo, arroja una conclusión preocupante: por primera
vez desde la caída del Muro de Berlín, hay más autoritarismo (91) que
democracias (88). Del mismo informe se desprende el empeoramiento en materia de
libertad de expresión en 44 países; deterioro en la deliberación publica en 27;
disminución de elecciones limpias en 25; restricción de la libertad de
asociación en 22 y el debilitamiento del Estado de derecho en 18.
En línea con esa tendencia
global, el informe anual (2025) realizado por la organización internacional: Reporteros Sin Fronteras[ii]
afirma que, desde la llegada de Javier Milei a la presidencia, la Argentina
registró una profunda caída en el índice global de la libertad de prensa, donde
descendió 47 lugares sobre el total de 180. El documento busca reflejar que la
situación económica, a menudo subestimada, es un factor decisivo en el
debilitamiento de los medios de comunicación.
En este contexto, me gustaría examinar el fallo[iii]
del 29/08/25 en el que un juez Federal de la Nación Argentina, mediante una
medida cautelar, decretó el cese de la difusión -por cualquier medio- de audios
atribuidos a la secretaria general de la Presidencia, la Sra. Karina Milei,
hermana del Presidente de la Nación. El contenido de los audios versa sobre
presuntos pedidos de coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad, organismo
encargado de resguardar los derechos de las personas con discapacidad.
Rápidamente, desde diferentes esferas jurídicas y políticas, la resolución
judicial fue caracterizada como un caso de censura previa.
El juez federal Marianello sostuvo que la
medida cautelar dispuesta no tenía por finalidad limitar el debate público ni
el flujo de información, elementos esenciales de un sistema democrático. Sino que solo comportaría una limitación
temporal orientada a preservar bienes jurídicos de jerarquía constitucional,
como ser la intimidad y el honor de la persona involucrada, así
como también la seguridad institucional.
Afirma, que la limitación encuentra sustento en la especial sensibilidad de los
intereses estatales comprometidos; tanto así –dice-, que la no admisión de la
medida cautelar podría traer aparejado consecuencias más perjudícales para la
sociedad en su conjunto que la restricción temporal impuesta.
En lo que sigue, realizaré un
breve análisis de la cuestión, dividido en tres puntos, para concluir que
estamos ante un antecedente inédito y de extrema gravedad para nuestro Estado
de derecho.
Censura previa
La doctrina
Blakstone, formulada por el célebre jurista Ingles William Blakstone, consiste
en responsabilizar a la prensa una vez ocasionado el daño, pero bajo ningún
aspecto restringirla previamente. La fundamentación es que si bien la prensa en
ocasiones podría ser utilizada para un mal propósito -lo que traería aparejado
una sanción-, no podría nunca ser utilizada para un buen propósito a la vista
de un censor. Esta idea se volvió cimiento jurídico en sociedades democráticas
y Estados constitucionales.
Es así que la Constitución Argentina en su art.
14 establece el derecho: “…de publicar
sus ideas por la prensa sin censura
previa…”. En la misma línea, el art. 13.1 de la Convención Americana de
Derechos Humanos -tratado con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN)-
manifiesta: “Toda persona tiene derecho a
la libertad de pensamiento y de expresión…” por cualquier procedimiento de
su elección. El art. 13.2 agrega que esa libertad: “…no puede estar sujeta a previa
censura sino a responsabilidades ulteriores…”, y el art. 13.4 contempla
una única excepción; los espectáculos públicos que pueden ser sometidos a
censura previa con el único fin de regular el acceso a ellos para la protección
moral de las infancias y la adolescencia. Un ejemplo clásico son las salas de
cine que, en razón del contenido de sus proyecciones, prohíben el ingreso a
menores de edad resguardando el interés superior del niño.
La censura previa, como lo señaló la Corte Interamericana de Derechos Humanos
en el caso La última tentación de Cristo
Vs. Chile del año 2001, puede
generarse por actos u omisiones de cualquier poder u órgano del Estado,
independientemente de su jerarquía. En el caso bajo análisis, la censura
provino del poder judicial, en el que por supuesto no se da la excepción
prevista en la normativa internacional. Dicho esto, corresponde preguntarse si
cabrían responsabilidades ulteriores para aquellos medios que difundan los
audios, a la luz de los derechos al honor y a la intimidad invocados por el
juez.
Derecho a la intimidad
y al honor
Un punto fundamental a tener en cuenta es que
tanto el derecho al honor como a la intimidad de un funcionario público se ve
reducida ante el derecho a la libertad de expresión. Si esa libertad de
expresión se canaliza por un medio de comunicación cuyo contenido sea apreciado
como “informativo”, se reduce aún más, pues se agrega otro derecho a un lado de
la balanza; el derecho a la información. Lo que solo era un derecho individual
ahora también es un derecho colectivo.
En relación a esto, es importante determinar si
la noticia recae sobre el ámbito “público” o el ámbito “privado” del
funcionario. Lo que hay que entender es que la diferencia en la protección no
se basa –principalmente- en la calidad del sujeto, sino en el carácter de
“interés público” que conllevan ciertas actividades. Esta idea fue expuesta en
el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica del año
2004. Allí, se desestima el reclamo de un funcionario público que invocaba su
honor frente a una noticia que manifestaba irregularidades en el ejercicio de
su función.
Para comprender la distinción, cabe recordar un
precedente diferente: Balbin Vs.
Editorial Atlántica (1984), resuelto por la Corte Suprema de la Nación
Argentina. El debate se dio por la publicación de fotografías del Dr. Ricardo
Balbín en su lecho de muerte. Los familiares alegaron violación a la intimidad,
mientras que el diario invocó libertad de prensa y derecho a la información. La
Corte concluyo que esas imágenes no tenían relación alguna con la actividad
pública del dirigente, y por lo tanto no se encontraba involucrado el interés
público.
En el caso actual, los audios
tratan sobre presuntos pedidos de coimas en un organismo público de la
administración nacional, lo cual involucra de manera directa al interés
público.
Seguridad
institucional
Finalmente, corresponde detenerse en el
argumento de la “seguridad institucional”. Entiendo que el juez ha buscado
agregar una frase rimbombante para justificar la medida impuesta.
Paradojalmente, esta resulta demasiado imprecisa y de difícil justificación. En
la práctica judicial no existe una definición clara de que se entiende por
seguridad institucional y si esto sería un bien jurídico constitucional a
tutelar[iv].
Pensemos por un rato, cuál sería el daño
institucional que se busca evitar con la no difusión de los audios. La
referencia a la seguridad como límite a la libertad de expresión fue
cuestionada en el célebre caso de los Papeles del Pentágono (New York
Times vs. Estados Unidos, 1971), donde la Corte Suprema estadounidense
sostuvo que “la palabra seguridad es una generalidad vaga y amplia, cuyos
contornos no deberían ser invocados para derogar el derecho fundamental a la
libertad de expresión consagrado en la Primera Enmienda”.
En el caso argentino, las supuestas “consecuencias más perjudiciales para la
sociedad” que justificarían la restricción temporal no aparecen claramente
fundamentadas.
Reflexión final
Lo que busqué aquí fue describir
una situación preocupante, contraria al ordenamiento jurídico nacional e
internacional y a los principios democráticos que exigen un debate público
robusto y desinhibido. La libertad de expresión es un pilar que protege, sobre
todo, a la voz más crítica frente al poder. Dejar constancia de un hecho como
este es advertir que no debería repetirse. No lo debemos permitir.
[ii] https://rsf-es.org/clasificacion-mundial-de-la-libertad-de-prensa-rsf-2025-el-debilitamiento-economico-de-los-medios-constituye-una-de-las-principales-amenazas-para-la-libertad-de-prensa/
[iv]
Interponen recurso de revocatoria con apelación en subsidio. https://drive.google.com/file/d/13wfOanrK4_fsKqXQupFFqKaInFKDocNV/view
Resulta lógico que en una sociedad democrática las personas tengan un rol decisivo en la formación de las normas que luego se les aplicarán. Ese rol se vuelve aún más relevante cuando hablamos del derecho penal, justamente por la naturaleza de lo que está en juego: la aplicación más atemorizante y dañina del poder del Estado, el uso de la fuerza. Frente a ello, necesitamos que el Estado exponga a toda la ciudadanía —y especialmente a quienes resultan directamente afectados— sus razones públicas más sólidas, razones que puedan ser comprendidas y compartidas por todos.
Más allá de la reglamentación y de la aplicación de la ley penal más benigna en el procedimiento judicial correspondiente, lo sucedido con el Centro Cultural La Chispa, en la ciudad de Asunción, Paraguay, es un ejemplo claro y a la vez preocupante. Su gestor, Sebastián Coronel, fue condenado por “contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos”. Este hecho refleja cómo los sesgos sistémicos de quienes deciden y ejecutan la ley, pueden concentrar indebidamente la atención y los recursos del Estado —nuestros recursos— en cuestiones de escasa relevancia en términos de daño, mientras otros delitos de mayor impacto social ni siquiera son considerados con seriedad o reconocidos como tales.
Hace unos meses, el medio El Surtidor publicó “El peligro de respirar en la ciudad de los autos”, en el que muestra cómo el aglomerado urbano de Asunción afecta gravemente la salud de sus habitantes. La pregunta, entonces, es inevitable: ¿por qué el Estado no revisa esta situación, y en cambio decide castigar a un espacio cultural que justamente cuestiona la hegemonía del automóvil en el espacio público? En esa misma línea, otro artículo del mismo medio, titulado “Por cada seccional, un centro cultural”, recoge la voz de los gestores de La Chispa, quienes afirman: “(...) También desafía la idea de que la calle es propiedad de los autos, que hay que tener cuatro ruedas para merecer un lugar”.
Una de las formas, y diria que la principal, de combatir esto, en entender que la discusión nos pertenece. El Estado debe concebirse como una comunidad jurídicamente organizada, donde la participación se ejerce entre sujetos libres e iguales. Pero igualdad no significa uniformidad en una sociedad diversa en expresiones bajo una idea de un individualismo programado. La Chispa es precisamente una referencia de resistencia a la homogeneización cultural, a esos espacios que nos obligan a escuchar lo mismo, ver lo mismo y hablar de lo mismo.
La contaminación real, aquí, fue ignorada.
Referencias:
https://elsurti.com/futuros/reportaje/2025/05/20/los-peligros-de-respirar-en-la-ciudad-de-los-autos/
https://elsurti.com/futuros/porvenir/scroll/2021/12/17/como-recuperar-seccionales/
Por eso considero equivocado
centrarse, casi exclusivamente, en cómo los candidatos se enteraron de la
convocatoria. Se trata, insisto, de una convocatoria pública para integrar un
órgano que debe ser imparcial en una actividad que promueve la cooperación y la
convivencia democrática, tal como establece la ordenanza municipal. La atención
debería ponerse en la trayectoria de los candidatos: lo que hicieron y no
hicieron, de dónde vienen, hacia dónde se proyectan, qué nivel de autonomía
demuestran y cuál es su visión sobre esta actividad.
Las puertas de la Estudiantina
deberían estar abiertas a toda la ciudad. El temor a una participación más
amplia es lo que genera estos conflictos. Una solución sencilla, a la cuestión puntual,
sería que cada colegio presente formalmente a sus candidatos, pero que también
cualquier persona pueda hacerlo por "motu" propio, a fin de colaborar con una
actividad de interés general, sin que esto resulte raro y mucho menos levante
sospechas. Y aclaro, no se trata de un acto de beneficencia, sino de un deber
ciudadano. Asimismo, es por demás
obvio, que todo lo realizado en el marco del tribunal tiene consecuencias jurídicas
que van a más allá del buen hombre y honor, que pocos intereses colectivos hoy día
tendrán.
Paradójicamente, estas situaciones -aunque
seguramente puedo estar equivocado-, abren la puerta a paracaidistas que se
quieren llevar puesto 70 años de historia. Hablan de la Estudiantina como un ruido,
como la ocupación del espacio público que molesta al resto; sin comprender que
justamente ese espacio es donde por excelencia se ejerce la libertad de
expresión. Sin entender que la fiesta es de los adolescentes, sin entender la
idea de tradición, de patrimonio histórico que representa. Desde acá se discute
todo el resto, sobre eso nos sentamos y hablamos…
Ante la pregunta de cómo funciona la economía —especialmente
para quienes no tienen formación en la materia—, la Constitución Nacional puede
ofrecernos algunas señales importantes.
Si consideramos que uno de los criterios para evaluar el
éxito económico de un país es la manera en que se toman las decisiones públicas
—en particular, cómo se obtienen y utilizan los siempre escasos recursos del
Estado—, podemos empezar a construir una respuesta más clara.
En la Argentina se gobierna, desde hace dos años, sin un
presupuesto aprobado por el Congreso. Esto implica una mayor discrecionalidad
en el manejo de los fondos públicos por parte del Poder Ejecutivo, es decir,
del Presidente de la Nación. Entre muchas consecuencias, esto conlleva el
atraso en partidas presupuestarias que no se actualizan por inflación y cuya
asignación queda enteramente sujeta a criterio presidencial. Según datos de la
Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia (ACIJ), los fondos destinados a
Educación, Cultura y Promoción y Asistencia Social sufrirían una reducción del
30 %, mientras que el área de Inteligencia incrementaría su presupuesto en un
67 %.
Además, se debilita la posibilidad de seguimiento y
fiscalización en la ejecución de esas partidas, lo que vulnera estándares
mínimos de transparencia y limita el control ciudadano, principio esencial del
sistema republicano: la publicidad de los actos de gobierno.
Bajo el supuesto de que una sola persona es más susceptible
a influencias externas que un colectivo amplio —por ejemplo, trescientas
personas—, se entiende por qué la Constitución Nacional otorga al Congreso
amplias atribuciones, al tiempo que lo obliga a legislar sobre ciertas materias
y prohíbe, como regla general, delegar en el Poder Ejecutivo la emisión de
normas de carácter legislativo (art. 76 CN).
Por ello, es función de los poderes legislativos —en sus
distintos niveles: nacional, provincial y municipal— sancionar anualmente el
presupuesto general de gastos y el cálculo de recursos, conforme al programa
general de gobierno. Así lo establece el artículo 75, inciso 8, de nuestra
Constitución.
Sin
embargo, por falta de voluntad de dialogo y una iniciativa mediocre siempre
tendiente al conflicto, Argentina sigue utilizando el presupuesto del
año 2023. El último presupuesto aprobado por el Congreso corresponde a 2022,
cuando el presidente aún era Alberto Fernández.
Para el año 2024, el presupuesto fue prorrogado mediante un
decreto del Poder Ejecutivo, en base a la Ley de Administración Financiera,
cuyo artículo 27 establece que, ante la ausencia de un presupuesto aprobado al
inicio del año, continúa vigente el del período anterior. No obstante, este año
volvió a prorrogarse el mismo presupuesto por segunda vez consecutiva, un hecho
inédito en la historia argentina. En los últimos quince años, este mecanismo
también fue utilizado en 2011, 2020 y 2022, pero nunca de forma continuada
durante dos años.
Dado que la ley no contempla la posibilidad de una segunda
prórroga, se abre el debate: ¿fue legal esta decisión? ¿Se podría repetir en el
futuro? Quienes opinan afirmativamente apelan a un principio básico del derecho
constitucional: todo lo que no está expresamente prohibido, está permitido. Sin
embargo, esta visión desconoce el sentido mismo del constitucionalismo. Incluso
su versión más mínima se funda en proteger los derechos de los individuos
frente al poder estatal. Por tanto, este “permiso” implícito jamás puede
interpretarse en favor del Estado, sino siempre del ciudadano. Esta lectura es
profundamente errónea y peligrosa.
Por el contrario, aquellos que están en contra, se posicionan
en el lugar de un constitucionalismo con requerimientos democráticos. Si como
dijimos, es el congreso el encargado de aprobar el presupuesto, referenciada
como la ley de leyes, es porque nuestra constitución busca que la mayor
cantidad de actores se pongan de acuerdo en base a una discusión razonable,
sobre un tema que lo considera por de más relevante.
El ideal democrático —una conversación entre iguales— se
reduce en nuestra constitución bajo sistema representativo, donde a los
representantes se les permite, prohíbe u obliga a actuar de cierto modo en
determinadas circunstancias. Cuando la Constitución exige mayorías agravadas
para tomar ciertas decisiones —como sucede, por ejemplo, con la designación de
jueces de la Corte Suprema—, está indicando que se requieren altos niveles de
consenso. El foco está en el procedimiento, y quienes valoramos este enfoque
solemos recordar el ejemplo de John Rawls: quien corta la torta debe
servirse al final. Esa es la forma de hacer que el acto sea lo más justo
posible.
Todo esto ocurre en un contexto político alarmante. Hace
apenas unos meses, el Poder Ejecutivo intentó designar por decreto —sin acuerdo
del Senado— a dos jueces para integrar el máximo tribunal del país. Alegó,
absurdamente, que el artículo 99, inciso 19, de la Constitución le otorga la
facultad de cubrir vacantes durante el receso parlamentario. De haberse
consolidado esta maniobra, habría abierto la posibilidad de que el Ejecutivo,
cada año durante el receso legislativo, nombrara jueces de la Corte Suprema, el
órgano encargado precisamente de controlar su poder.
El actual gobierno nacional ha demostrado que no le interesa
discutir con lo que despectivamente llama “nido de ratas”. Ha hecho una
renuncia explícita al Congreso. No le interesa gobernar con presupuesto porque
eso implicaría someterse a la Constitución, respetar la división de poderes y
sostener una vida democrática. Su camino ha sido, en cambio, la concentración
del poder y el uso sistemático de la represión.
Como decía Alberdi, la Constitución es la carta de
navegación de nuestro país. Y dentro de ella, el presupuesto es una ley
fundamental.
Cuando la política afecta los procedimientos o las reglas
del juego democrático, la interpretación debe ser rigurosa, observada con la
máxima sospecha y bajo la presunción de inconstitucionalidad. Como decía
Giovanni Gortari: “Lo que la democracia es, no puede estar separado de lo
que la democracia debe ser”.
Prorrogar por decreto, por segundo año consecutivo, el presupuesto nacional fue inconstitucional. Y lo seguirá siendo.
Al diario: https://diarioelgobierno.ar/noticia/267-presupuesto-prorrogado-constitucion-suspendida
Si la justicia exige dinero, no es justicia; entonces, la justicia no existe. Si querés que la justicia exista —porque por alguna razón extraña escalás hacia el futuro, hacia el idealismo— una opción es ser abogado. La profesión implica convertirse en la puerta de acceso a la justicia. Los abogados, como en cualquier otra labor, cobran por hacer su trabajo. Si existe una razón pública, en teoría deberían llevar el caso de forma gratuita, aunque en la práctica esto no sucede.
No es culpa del abogado; es culpa de la doble naturaleza implícita que convierte a la persona en sujeto de derecho y, al mismo tiempo, en cliente. Si la persona no tiene dinero, sigue siendo un sujeto de derecho, pero ya no es un cliente, lo que genera la dificultad mencionada sobre la justicia y su ausencia.
Sucede que el abogado es solo una pieza de esta gran maquinaria y, a pesar de las buenas voluntades, lo más probable es que no alcance con su mera intervención.
Digo: si por alguna razón extraña tu padre, tu madre o algún docente loco te metió en la cabeza que la justicia es un ideal, y por eso elegiste ser abogado, lo que te recomiendo —aunque no sea un consejo— es que busques sujetos de derecho que, a la vez, sean clientes. Cuanto mejores clientes, mejor. Cuanto mejor abogado seas —técnica y éticamente—, mejor.
Y como a esta altura ya sabemos que la justicia no existe, lo que podés hacer con el dinero de esos buenos clientes es armar una fundación que incorpore abogados juniors con una retribución acorde, para que puedan asumir patrocinios gratuitos. Aunque también es probable que no alcance, esa probabilidad se reduce porque ya no sos uno solo.
Ser más de uno es política. Por eso, lo personal no es político. Cuando uno quiere hacer algo, simplemente, tiene que hacerlo.
Desde el lugar de Krishnamurti, un ideal como la justicia lo único que hace en vos es limitarte con una construcción conceptual que te atrapa y no te permite ser libre. Pero sabemos que nadie lo es Y esta es la mejor forma de no serlo.
Cuando el voto se debilita, el
Estado se demoniza y la desigualdad se consolida. Algo está dejando de latir.
El
contractualismo nos ayuda a responder dos preguntas básicas de toda teoría moral:
(1) ¿qué nos exige la moral? y (2) ¿por qué debemos obedecer ciertas reglas? La
primera se responde así: la moral nos exige cumplir aquello que nos
comprometimos a cumplir. Y la segunda, simplemente, indica que obedecemos
ciertas reglas porque nos comprometimos a ello.
Lo
interesante de este enfoque es que llevó a la Ilustración a ocupar ese gran
vacío dejado por la religión en su explicación sobre la cuestión moral. La
autoridad ya no se justifica mediante un mandato divino, sino mediante un
mandato social: un mandato de individuos. Es decir, a los dioses los
reemplazamos nosotros, con nuestra creación; una creación humana, y no no
humana. Esa creación es un contrato, y ese contrato es el Estado.
Para ser
más claro: el Estado nacional es un contrato que está delimitado en un
territorio determinado. Aunque un contrato es algo más elevado que el Estado, y
por lo tanto, lo fundamenta. Por encima del Estado está el contrato de un
sistema democrático constitucional, y por encima de éste, otro contrato: el de
los principios morales de la modernidad.
La vida
del Estado, o de ese contrato —como se lo quiera llamar—, puede variar
significativamente. El criterio fundamental de esa variación es el nivel de
racionalidad de cada uno de sus participantes; racionalidad que, a su vez, está
condicionada por el nivel de información relevante que posean esos integrantes.
Cuanto menor es el nivel de racionalidad, menor es también el nivel de
motivación.
Si el
número de integrantes de ese contrato se muestra cada vez menos motivado a
pertenecer a él, estamos ante una imperfección creciente del modelo de vida del
Estado actual.
A modo de
ejemplo, en lo que va del año, las últimas elecciones muestran cifras
elocuentes: en la ciudad de Buenos Aires, la participación fue del 53,3%; en la
provincia de Santa Fe, del 55%; en Chaco, del 52%; en Salta, del 59%; y en San
Luis, del 60%.
Misiones,
cuya novela eleccionaria estuvo atravesada por un intento de proscripción y una
denuncia de fraude por falta de boletas de un partido en la localidad de
Eldorado, no fue la excepción a esta tendencia nacional. Con apenas un 55,4 %
de participación electoral, ni siquiera logró superar los números registrados
en 2021 durante la pandemia, en una elección que también fue intermedia.
En este
sentido, el fenómeno que se nos presenta es preocupante, ya que estamos a pocos
votos de ni siquiera superar la mitad del padrón electoral; es decir, de no
poder legitimar ni siquiera una noción mínima de democracia, al no alcanzar la
mayoría de las voluntades. Una hipótesis a esgrimir es que, cuando la oferta
electoral no estimula, la abstención es la consecuencia.
Los
encargados de esa oferta —como un supermercado llenando la góndola con
productos— son los ya inexistentes partidos políticos. Instituciones —como tantas
otras— que actualmente financiamos solo para generar un desorden de ideas.
Pero, al parecer, el problema no es solo la calidad de los productos en la
góndola: el problema es la edificación misma del supermercado.
Estos
datos muestran que estamos dejando de lado el derecho político por antonomasia,
aquel que, además, fundamenta el derecho a la igualdad —una persona, un voto— y
por el cual tantos y tantas han luchado y se han sacrificado.
Esto abre
una pregunta fundamental: ¿los integrantes del contrato lo han abandonado
porque (1) están motivados únicamente por el auto-interés y no se orientan a
obtener reglas imparciales —entendiendo que cuanta mayor participación de los
afectados, mayor imparcialidad en la toma de decisiones— o porque (2) no creen
que ese mecanismo sea adecuado para alcanzar dichas reglas?
El
sufragio ha sido presentado como el máximo logro alcanzado, bajo la idea
reducida de que democracia equivale a votar. Cuando, en realidad, una
democracia con sustento constitucional es todo lo que sucede entre acto
y acto eleccionario.
Lo
ocurrido hace unas semanas en México —la supuesta democratización del Poder
Judicial a través de la elección directa de jueces— es un ejemplo claro. ¿Qué
clase de democratización puede haber si no existe ninguna capacidad de control
ciudadano sobre los jueces electos, ni existió previamente ningún filtro
ciudadano para determinar su candidatura? Además, se trató de una reforma
impulsada por un solo poder del Estado: un poder constituido que busca instigar
al poder constituyente.
En
cualquiera de los casos, se nos presenta un problema. Y eso debería
despertarnos una sensación de alerta, de necesidad de búsqueda de soluciones.
Apropiarnos de una ética kafkiana que nos exija actuar de tal manera que los
ángeles siempre estén despiertos.
Cuando se
trata de enfrentar un problema, lo primero que debemos hacer es identificarlo.
El historiador holandés Rutger Bregman, en su libro Utopía para realistas,
lo explica muy bien en un pasaje. Afirma que, si hay una institución capaz de
cambiar el curso de la historia, esa es la escuela. Sin embargo, lejos de
asumir ese rol transformador, los grandes debates sobre educación están
centrados en el formato. Se ha convertido en un medio de adaptación y
flexibilidad para la vida. El foco se pone en la didáctica, no en los ideales;
en la competencia, no en los valores.
Nos
capacitan para resolver problemas, pero no para pensar qué problemas vale la
pena resolver. Somos meros seguidores de tendencias, cuando en realidad
deberíamos ser quienes las crean. Porque es nuestra competencia —la de la
sociedad— determinar qué es lo que verdaderamente tiene valor.
Eric
Fromm, en su libro El miedo a la libertad, sostiene que el hombre
moderno, liberado de los lazos de la sociedad preindividualista, no ha
alcanzado la libertad en un sentido positivo, es decir, como desarrollo de su
potencial intelectual y emocional. Si bien esa libertad le ha brindado
racionalidad e independencia, también lo ha aislado, volviéndolo impotente y
ansioso. Ese aislamiento le resulta insoportable, y ante esa incomodidad puede
optar entre luchar por realizar su libertad positiva o renunciar a la
responsabilidad que conlleva. Y cuando renuncia, lo hace siempre en favor de la
sumisión, de la dependencia, del totalitarismo.
Hace unos
días, el presidente Javier Milei afirmó abiertamente su crueldad hacia los
gastadores, los empleados públicos y los estatistas, y acusó a la oposición de
ser “parásitos mentales”. A esto se suman sus constantes embestidas contra los
medios de comunicación y las universidades públicas, instituciones
fundamentales de toda democracia liberal.
Un informe
del Centro Estratégico Latinoamericano de Geopolítica (CELAG) reveló que en
Argentina el 10% de la población concentra el 59% de la riqueza del país, mientras
que, como contracara, el 50% de los argentinos posee apenas el 4%. Asimismo, el
informe señala que Argentina encabeza el ranking de países más endeudados con
el Fondo Monetario Internacional (FMI), con una deuda que asciende a 63.986
millones de dólares. Le sigue Ucrania, con un compromiso de 15.000 millones;
una cifra cuatro veces menor.
En nuestro
país, existe una élite que ha capturado el Estado mientras habla mal de él. Es
un nivel de irracionalidad alarmante, una irracionalidad que contribuye directamente
a la falta de motivación para participar políticamente.
Cuantos
más sean los ciudadanos sin derechos, mayor será el nivel de abstención en los
actos eleccionarios. Y esto es grave, precisamente porque el problema es
complejo, lo que —por lógica— nos indica que la solución también lo será. Una complejidad que se refiere a la
necesidad de considerar múltiples factores, imposibilitando su comprensión en
términos de simplificación o reducción.
Lo
interesante, sin embargo, es que para alcanzar esa solución se requiere una
mayor participación de los integrantes del contrato social.
Estamos
presenciando un cuerpo social que está a punto de morir, pero que todavía no ha
muerto. Y, por lo tanto, nada nuevo nace.
Háblame de cosas profundas, ya fue tanta superficie.
Este
cuento de Saramago, creo que es profundo, porque busca explicar cómo el
individuo sabe que para encontrar su propia identidad, debe transcurrir su vida
entre la realidad y el sueño. Debe lograr escapar de la burocracia, la
arbitrariedad y el poder descarnado, que sería la mediocridad.
Se inicia
así:
El
protagonista, acude a la puerta de peticiones del rey, pero a diferencia de
todos, no pide títulos, sino que pide hablar con él. Ante la presencia del Rey,
el sujeto que ya había pasado tres días esperando, le exige, dame un barco, Perplejo el Rey, pregunta,
para qué quieres un barco, Para ir a la isla desconocida, manifiesta el hombre,
y adonde esta esa tal isla, replica el Rey, no lo sé, porque es desconocida, acto
seguido afirma el hombre, es imposible que no exista una isla desconocida.
El
protagonista, en el muelle elige el barco, y de manera sorpresiva aparece la
mujer de limpieza del Rey, que muy atenta estuvo, tiempo atrás a su petición;
También ella, quería ir en búsqueda de la isla desconocida.
Saramago,
es realmente hermoso, porque no nos muestra un solo valiente en un mundo de
cobardes, si no que nos muestra dos. Nos abre la posibilidad de un encuentro,
Allí, fruto de una conversación, que no sería posible si no fuese por ambos, el
protagonista nos puede iluminar, diciendo, quiero encontrar la isla
desconocida, quiero saber quién soy yo cuando este en ella, No lo sabes, Si no salís
de ti, no llegas a saber quién eres, Que es necesario salir de la isla, para
ver la isla.
Es esta
una historia de constante búsqueda, de encuentros y desencuentros, Con un final bellisimo, donde ambos personajes se reconocen en uno, amándose lo
suficientemente fuerte, el uno al otro, tomando el camino de soñar, un camino
azaroso, pero voluntario.
El último
párrafo es realmente maravilloso. Para mí es la biblia de un optimismo
inteligente; que es decir: Si soñamos suficiente, todo es realidad.
Aquí en
versión Pdf. https://www.uv.mx/blogs/lectores/files/2012/11/el-cuento-de-la-isla-desconocida.pdf
Yo tengo
una edición muy linda con ilustraciones de Manuel Estrada. Es un cuento de
niños. La compre en una cooperativo de libros, a la entrada de una iglesia. Fue
un gran día ese.
Algunas ideas sueltas de esta gran entrevista.
Estudio y
practico la tecnología para odiarla mejor.
El abuso de
la información expande la ignorancia con la ilusión de eliminarla.
La prueba
de una inteligencia de un primer orden es la capacidad de contener en si misma
pensamientos contradictorios y funcionar bien.
Capacidad
de contener en uno mismo pensamientos que se relacionan con otros.
Hay que
mostrar el horror pero también las prácticas de la resistencia invisible.
El talento
es una larga paciencia. Es la capacidad de comprometerse con algo que te
interesa.
Nos
encontramos perdidos. Sé que el abismo me mirara.
Si la gente te habla de un rio imaginario, no le dices que el rio no existe, sino que creas un puente imaginario.
Nos
encontramos hipnotizados en una satisfacción siempre prometida pero nunca
alcanzada.
La
felicidad y el sentido surgen a través de las relaciones.
Falta el
gusto por la profundidad.
Toma ese
tiempo perdido, toma ese tiempo vacío, recupera el derecho a lo inútil,
simplemente por que la filosofía no le sirve a nadie.
Si
entiendes que cada instante es diferente puedes proteger cada instante de ser
manipulado.
Quiero
elegir y el concepto subyacente es la elegancia.
Curioso es
el que cuida las cosas.
Somos los
jardineros del mundo.
Hay
ideologías que son incapaces de abrazar la muerte. Tenemos que tener angustia
para darnos cuenta que somos mortales. La única manera de encontrarnos es
perdernos lucidamente.
Esta es la
mejor época para vivir porque estamos aún paso de que se termine todo pero
también a un paso de transformarlo.