viernes, 6 de marzo de 2026

QUE EL MERCADO NO DECIDA POR NOSOTROS

El gobierno nacional tiene problemas con los mínimos: por encima de ellos está la política, pero por debajo está el derecho. El caso de los Glaciares.






Los problemas económicos fundamentales que toda sociedad debe responder son tres: qué producir, cómo producir y para quién producir. Si trasladamos estos interrogantes a la actividad minera —entendida como la producción orientada a la extracción de un mineral— los resultados, para las mayorías sociales, arrojan un saldo negativo.

Esto es así en un contexto donde la pérdida de puestos de trabajo, en la Argentina, viene siendo significativa. Durante la actual gestión de Javier Milei, se estima que se han perdido alrededor de 300 mil empleos registrados, y según un informe de la consultora Audemus, entre 2023 y 2025 la actividad manufacturera acumuló una caída promedio del 7,9 %, lo que posiciona al país entre los peores desempeños industriales del mundo. Mientras tanto, nuestro vecino Brasil, registró un crecimiento cercano al 3,5 % en el mismo período[1].

En este escenario de desindustrialización, la actividad minera no logra compensar la destrucción de empleo. Se trata de una actividad que, además de generar un volumen relativamente reducido de puestos de trabajo, es altamente tecnificada y suele incorporar mano de obra especializada proveniente del exterior. Para quienes son expulsados del aquel sistema productivo, lo que queda, es la inserción en formas de trabajo precarizadas, como las plataformas digitales, a la que llaman trabajo independiente.

En paralelo a esta profundización del proceso de primarización de la economía —con un tipo de cambio apreciado y una apertura comercial indiscriminada—, se están poniendo en juego territorios y comunidades enteras. No se trata solo de variables numéricas: en este vendaval se están arrasando derechos, es decir, porciones concretas de vida, como un proceso de mutilación humana. Allí están los discapacitados y los ancianos.

Desde esta perspectiva, incluso la corriente utilitarista —aquella que, ante un dilema moral, privilegia el mayor bienestar general— difícilmente podría justificar un modelo como este que combina desindustrialización, es decir desempleo; degradación ambiental, miseria y concentración de la riqueza.

Me interesa señalar aquí, volviendo al inicio del texto, la fuerte relación existente entre ambiente y democracia. Me refiero a la democracia entendida en su dimensión procedimental. Esto es, la atención en las formas mediante las cuales se toman decisiones, sobre contenidos de enorme relevancia, como lo son los recursos naturales, esenciales para la vida humana.

Los asuntos sobre bienes comunes no pueden decidirse de esta manera.

Las últimas leyes discutidas en el Congreso Nacional —incluida aquella que vacía de protección a los glaciares— se debatieron en un edificio vallado, con graves restricciones a la deliberación pública, en algunos casos rompiendo el contrato de mandato entre representantes y representados, y siempre con premura, de espaldas a la Constitución y a la jurisprudencia ambiental consolidada.

Voy al núcleo normativo del problema.

El artículo 41 de la Constitución Nacional exige a la Nación dictar normas de presupuestos mínimos de protección ambiental. Ese mandato se concretó, entre otras normas, en la Ley General del Ambiente (Ley 25.675, año 2002), cuyo artículo 1° establece justamente ese marco protector. En particular, la Ley de Glaciares (Ley 26.639, año 2010) dispone en su artículo 1° que los glaciares y el ambiente periglaciar son bienes de carácter público y los define como:

“Reservas estratégicas de recursos hídricos para el consumo humano; para la agricultura y como proveedores de agua para la recarga de cuencas hidrográficas; para la protección de la biodiversidad; como fuente de información científica y como atractivo turístico”.

Además, en el año  2020 el Estado argentino ratificó, mediante la Ley 27.566, el Acuerdo de Escazú —el primer tratado ambiental de América Latina y el Caribe— que impone obligaciones claras en materia de acceso a la información pública, participación ciudadana y justicia en asuntos ambientales. Esta norma no solo protege el ambiente como bien jurídico, sino que también establece un procedimiento para tomar decisiones sobre ese contenido.

El vaciamiento de los presupuestos mínimos implica dejar un papel en blanco en el escritorio de “quien sabe quién”, aunque algunos ahora lo llamen “provincia”. Si esta modificación prosperara, la protección de los glaciares y del ambiente periglaciar volvería a foja cero, en la medida en que se eliminaría el Inventario Nacional de Glaciares previsto en el artículo 3° de la norma vigente, instrumento técnico –dependiente del CONICET- indispensable para cualquier política seria de protección.

Vamos en contra a la arquitectura constitucional elegida por nuestros constituyentes del 1994. Precisamente para evitar la competencia a la baja en materia ambiental, el constituyente estableció presupuestos mínimos nacionales, como garantías de goce de libertades. Asimismo, entendió en este punto, que cuanto mayor es la cantidad de los sujetos involucrados en la decisión –provincia y nación-, mayor es su imparcialidad, reduciendo el riesgo de captura del Estado por parte de grupos de interés.-También aquellos constituyentes, agregaron el art. 75 inc 19 de la Constitución Nacional que habla de educación, de ciencia, de cultura y de justicia social-.

Por eso la relación entre democracia y ambiente, que no es otra que la relación entre democracia y derecho. Cuando se adoptan decisiones con potencial de no retorno —lo que fundamenta el principio precautorio del derecho ambiental— la forma en que se decide es tan importante como el contenido de lo decidido. Si se restringe la deliberación pública y se debilitan estándares constitucionales, el problema no es solo ambiental: es una decisión antidemocrática y, por su contenido, también inconstitucional.

Frente a esto, sostengo que el derecho debe dirigir la economía, del mismo modo en que la democracia debe secuestrar al capitalismo. Me refiero a un sistema mixto, donde el Estado intervenga activamente en diferentes áreas de la vida social. Hace tiempo superamos la visión de Adam Smith y su concepto de mano invisible, y comprendimos que los mercados presentan fallas estructurales: externalidades, asimetrías de información, competencia imperfecta. Allí donde el mercado falla, el Estado debe estar presente.

En este sentido, resulta interesante recuperar una entrevista disponible en la web de Thomas Piketty, economista Francés dedicado al estudio de la desigualdad, titulada “Estamos en una situación similar a la que llevó a la Revolución Francesa”. Allí sostiene, entre otras cosas, que una parte significativa de la riqueza debe estar socializada; que los movimientos históricos hacia la igualdad han sido largos y conflictivos; que países como Suecia —hoy asociados a altos niveles de bienestar— fueron profundamente desiguales hasta la consolidación de la socialdemocracia; y que los actuales niveles de concentración patrimonial no solo son injustos, sino también económicamente ineficientes.

Piketty dice, por ejemplo, que en España el 50 % de la población posee apenas el 5 % del patrimonio total, mientras que el 10 % concentra alrededor del 50 % de aquel total - y ni hablemos de América Latina-. Esa brecha no es derecho natural: es el resultado de decisiones políticas e institucionales. También advierte que la deuda pública funciona como el impuesto que las clases privilegiadas no pagan; y que con una pequeña fracción de los beneficios de las multinacionales y de los grandes patrimonios, redistribuida globalmente con criterios poblacionales, para inversión en educación y salud, superaría en 10 veces los montos de lo que se hace llamar: ayuda internacional. Nos recuerda que, en tiempos de la Revolución Francesa, la nobleza tampoco quería pagar impuestos.

El mensaje parece claro: los sistemas económicos no cambian por inercia, sino por decisión política.

Las condiciones materiales para una reforma hacia el camino de la igual libertad están dadas.

Solo resta, que colectivamente respondamos aquellas preguntas fundamentales —qué producir, cómo producir y para quién producir—, y avancemos en consecuencia.

Pero ahora, pensemos solo un momento en esto. No podemos destruir nuestros glaciares. No podemos comprometer nuestras reservas de agua.

Si esto ocurre, no solo perderemos ambiente: perderemos derechos, perderemos democracia.

 


martes, 24 de febrero de 2026

Noche de Literatura; Charles Baudelaire.

 


El segundo encuentro de este ciclo lo tuvo al profesor Ezequiel Barchuk exponiendo sobre la figura de Charles Baudelaire. La conversación nos permitió pensar la modernidad y el sujeto inmerso —a la vez que situado por encima— de esos acontecimientos. Se caracterizó la figura del dandy; se desarrolló la idea de una secularización de la belleza; se habló de historia y de revoluciones, y del cambio en las ciudades. Por supuesto, también de su biografía. Se leyeron poemas de El spleen de París y Las flores del mal, y se buscó una definición del simbolismo oponiendo al signo, trayendo a colación las artes plásticas.

La presentación concluyó con la referencia al surrealismo, dejando entrever que allí aparece una nueva etiqueta, un nuevo planteo que, en parte, se sostiene sobre los mismos fundamentos. Todo esto había comenzado en el primer encuentro, con la presentación de Fabián Paredes sobre Alejandra Pizarnik. Su aproximación —atravesada por el psicoanálisis— puso el tema del surrealismo sobre la mesa y nos permitió pensar su influencia en una época y en un lugar determinado: París.

Ahora el ciclo se encamina hacia su cierre con el Mayo Francés también surgido allí. El interrogante que nos guía es si aquel movimiento artístico y literario influyó en ese movimiento social y político. Y si no fue así, la excusa ya está servida. Hablaremos de un movimiento revulsivo, fundado en la libertad individual y la autonomía como condición necesaria para una acción colectiva y soñadora entre personas iguales. Muy pronto.

La primera imagen registra a Ezequiel Barchuk en el uso de la palabra. En paralelo a la disertación se proyectaron pinturas de Odilon Redon (1840–1916), artista simbolista influenciado por las lecturas de Baudelaire.

La jornada fue linda. Hubo muchos encuentros. Faltabas vos.

 










lunes, 26 de enero de 2026

Día del Músico en Posadas: una convocatoria discreta

Cobertura desde el parque Maria Morínigo 


En el parque María Morínigo de la ciudad de Posadas, el domingo 25 de Enero, se celebró el Día del Músico, fecha que coincide con el aniversario del nacimiento del Flaco Spinetta. El evento se desarrolló en el escenario del programa Cultura en Movimiento de la Secretaria de Estado de Cultura de la provincia de Misiones.

La actividad fue articulada por el Colectivo de Artistas Itinerantes y Trabajadores de la Cultura (CAITRAC) y la Federación Argentina de Músicos Independientes (FA-MI), contando con el apoyo estatal.

La convocatoria fue lo suficientemente pobre como para llamar la atención a gestores, artistas y público en general; también a ciudadanos.
Por suerte, la luna sí estaba. Y una pareja, alejada, en perpendicular al escenario, tomaban una gaseosa mientras se besaban. Algunos jóvenes bailaban. El resto se sentaba en el pasto que rodea el feo cemento y disminuye lentamente la temperatura en una noche calurosa, en una noche tropical.

La cobertura fotográfica del evento tiene como fin revalorizar, desde un registro sincero, la importancia de la cultura en general y, particularmente, en el espacio público, donde aparecen más razones para discutir colectivamente. Todo en el ámbito público tiene importancia y puntualidad.

Hay fotografías de bandas. músicos y publico; al pie están mencionados. Durante todo el recital, que inició cerca de las 20 y terminó alrededor de las 22, se expusieron frente al escenario las obras de Dan Schmidt, quien también estuvo pintando en vivo. Al final le hago una breve entrevista sobre cómo vio el evento.

Se espera que esto sea el inicio de algo, de algo que se acompañe con una feria llena de artesanos.

Gracias.







Desde el Alma con Hugo Carabio en la Batería

En esta foto se puede ver a Lucrecia y a Paulo, entre otros, durante el evento

Dan Schimdt pintando en vivo. Aparecen Valdermaarr y Martin Veron




La Runfla del Gato se presenta



Melquíades solo en el escenario




Entrevista a Dan por LT

— Dan, ¿qué te pareció haber participado en este evento que se desarrolló en la ciudad de Posadas por el Día del Músico?

— La idea, el hecho de hacer un evento, es bellísimo. Pero si hay que llevar a cabo una muestra de arte, me gustaría decir que la próxima muestra se pueda hacer en un lugar donde se puedan poner las obras. Desde el hecho de la fantasía, hacer un evento es muy concreto: hubo gente, hubo música. Yo sinceramente no me sentí cómodo porque se mezclaron cosas, hubo obras que hice que estuvieron en el piso.

— ¿Y qué te parece ocupar el espacio público con arte, el arte como transformación social, teniendo en cuenta que esto se hizo en el Espacio Morínigo?

— Para mí fue interesante que se haya hecho en un lugar que no se ocupe tan frecuentemente. Eso me parece importante. Que convoque a una parte popular de la sociedad. A la gente le gusta el arte, le gusta la música, le gusta la pintura, pero me parece muy fundamental que esté bien planteado y desarrollado.

— Bueno Dan, la última. Estamos ahora en Mystic, un bar de la ciudad. El evento terminó hace como tres horas. Estamos con Hugo, Alam, gente de La Runfla, Eric. ¿Cómo estás pasando el presente?

— La verdad que en este momento me siento bastante bien. Fue un día de un montón de cosas y, al menos yo, me siento finalizado. Eso es lo que me hace estar acá en este momento.

Cerramos. Es la una y media. Estamos en Mystic. Hay un cuadro de Dan sobre la mesa. Está sonando Callejeros. Ya estamos terminando la cerveza. Bueno, veremos.

miércoles, 21 de enero de 2026

Cada vez hay más espacios públicos abandonados en Posadas. De eso no sale nada bueno: solo exclusión y violencia.

Los juegos que durante décadas estuvieron en el Parque Paraguayo fueron trasladados a la Plaza Sarmiento a raíz de las obras de ampliación del Museo Aníbal Cambas. Una vez más, una modernidad decadente que no contempla el derecho a la memoria.

En la Plaza Sarmiento, ubicada en Villa Cabello, hablo con un hombre: vendedor de ropa, feriante del lugar. Me dice que los juegos funcionan de miércoles a domingo (yo estuve un martes). Que viene gente, pero poca. Que los chicos ya casi no los usan. Le digo que los juegos se están deteriorando, que están claramente en estado de abandono. Me responde que el señor que los tiene —al parecer un cordobés— quiere venderlos por millones de pesos. Las máquinas, dice, solo le generan costos.

Le digo entonces que el Estado debería estar presente. Me responde que el Estado los sacó del Parque Paraguayo y que ahora ya no interesa demasiado lo que pase con ellos. “Ni luces hay acá, en esta plaza”, me dice. Y agrega que, si el dueño de los juegos las pone, se las terminan robando.

Le digo que es una lástima, que tranquilamente se podría abrir una gran feria en torno al parque, una opción tradicional para las familias de Posadas, algo beneficioso para la zona y también para sus ventas. Me responde que sí, pero que acá hay mucha inseguridad. Me lo grafica con un gesto: “Podés estar con el teléfono así” —me muestra— “y viene un pibe y te lo roba”. La policía, dice, está ahí arriba nomás. Hay mucho consumo, mucha adicción. Ahora hay gente, pero cuando oscurece la plaza se vacía. “Venite más tarde y fijate”, me dice. Por eso a nadie le interesa demasiado este lugar.

Le vuelvo a decir que el Estado debería hacer algo. Que nosotros también deberíamos hacerlo. Que de seguro hay gente interesada.

 

La bandera de Misiones izada en la plaza Sarmiento no flamea. 


¿Cómo no vamos a cuidar el lugar en el que estuvimos cuando éramos soñadores? Tan rotos estamos que nos sometemos al olvido. Vamos contra nuestra herencia, contra nuestros recuerdos, contra nuestra identidad, contra nuestro reconocimiento mismo, contra nuestra dignidad, nuestro derecho político.

Deberíamos alzar la voz al unísono. Hacer de la rebelión un acto patrimonial constitutivo. Vivimos en un estado de excepción donde el sistema de representación ya no existe. El sistema institucional parece estar divorciado de la ciudadanía. Los partidos políticos han muerto. El poder está concentrado y los controles sociales erosionados.

Las herramientas institucionales que la ciudad nos ofrece: audiencias públicas, iniciativas populares, presupuesto participativo, son poco utilizadas, pero pueden ser un camino. Pongamos una mesa en el medio de la plaza y empecemos a cambiar conversando. Eduquemos al soberano; algo básico.


El viejo mundo muere y el nuevo tarda en aparecer. Los monstruos están sueltos. Este es el momento. Nadie puede estar bien si quien está a su lado está mal: si tu amiga está mal, si tu novia está mal, si tu hermana está mal. De lo contrario, significa que te des responsabilizas. Y este no es un tiempo para irresponsables. No se puede vivir de balde.























miércoles, 14 de enero de 2026

Una noche para fingir el mundo

 





La noche estaba fresca. Un enero exótico en la ciudad de Posadas. La noche estaba hermosa y su belleza se pasea por los rincones vacíos de la casa. Ya no quedaba más remedio que entregarse con plenitud a la enfermedad del ensueño.

 

El espacio abrió a las 20 horas. En una hora se juntó gente. Veinte personas aproximadamente. Maximiliano llegó con su familia temprano. También las personas que forman parte de esta comunidad que germina. La conversación inició cerca las 21 horas. Ya habían corrido algunos vermut y cervezas frías. Al inicio, como casi siempre, sonó jazz. Algunos llegaron cuando la exposición ya llevaba unos pocos minutos.

El patio estaba húmedo y dado que las proyecciones se realizan en la pared del fondo, no fue posible proyectar la crónica Del bosque al volante, prevista para esa noche (sí se había realizado la semana anterior). El artículo expone, al menos en parte, la magnitud de la extracción de nuestros recursos naturales por parte de un sistema capitalista que avanza en la destrucción del mundo.

La presentación que estuvo a mi cargo, incluyó una breve descripción de la actividad propuesta y del sentido del espacio. Se mencionó la palabra política y la posibilidad de una discusión coyuntural, como la situación que atraviesa Venezuela, luego de la exposición. Se agradeció a Maximiliano Domínguez por la presentación de un tema por demás interesante. “La ficción como construcción del mundo”, es el eje de investigación que desarrolla en sus cursos de posgrados. Maxi, además de ser docente de filosofía por la Universidad Nacional de Rosario, es también escritor y está fuertemente involucrado con la literatura y el arte en general. Este año lo encuentra en el cierre de su primera novela.

Se calló la música y comenzó. La noche estaba brillante. Mención a Platón; la idea, la mesa, el lenguaje. Lo real, lo falso. Lecturas de fragmentos del texto de Nietzsche “Sobre verdad y mentira en sentido extramoral”; la necesidad de la ficción como forma de conservación del individuo. La libertad de la interpretación y la construcción de la realidad. Macedonio Fernández y su libro de prólogos, “Museo de la novela de la Eterna”; el ensueño, la imaginación, la fantasía y la construcción del mundo. Mención a Borges y “Ficciones”; fingir, el uso de la máscara, la mentira. Finalmente Harari y su libro “De animales a dioses”; el chisme como vehículo y fundamento.

Se compartieron reflexiones en torno a la idea de que hoy estamos inmersos en una ficción que ya no apunta a la conservación de lo humano, sino a su destrucción. Una ficción estrechamente ligada a las formas contemporáneas de comunicación y al uso del lenguaje. Una cultura homogeneizante que prioriza la violencia y el odio, el goce y la crueldad. Una lógica de división fragmentaria que conduce a la desafección de lo público y lo colectivo, y que nos interpela —nos exige— a hacerle frente desde los planos políticos, sociales y culturales.

Hacia el final, se señaló que la actividad formaba parte de un proyecto de extensión de la FHyCS de la UNaM y que, de algún modo, vinculaba a la UNR con la UNaM. En tiempos en los que se ponen en discusión la cultura, la educación y la ciencia, lo que se estaba desarrollando era —también— un acto de rebeldía, con la universidad pública ocupando un lugar central.

En simultáneo, el artista Dan Schmidt, junto a @noeliaaurbn, cerraron cerca de la una de la mañana la obra de arte abstracto realizada en acrílico sobre lienzo (70 × 50 cm). La pieza había sido iniciada el sábado 3 y fue concebida a partir de un proceso creativo compartido, que articula la intensidad gestual del action painting con los principios estructurales del neoplasticismo. Desde el espacio se trabajará en la gestión de su circulación hacia otros horizontes territoriales.





Agradecimientos:

A la presencia de Javier Gortari;

@valdemaarr._ por su musica;

A Lucrecia por el bastidor y su predisposición.


A vos...




Escrito y fotografía: Lino Armando Lopez Torres
Espacio LT


domingo, 14 de diciembre de 2025

El derecho a llegar al rio: que es y por que importa el camino de sirga


Fuente: Pohl Schnake, V., Mantegna, S., & del Llano, T. (2019)

 

La relación entra la sociedad y el ambiente parte de una idea sencilla; la conducta humana puede modificar las condiciones de existencia de los seres vivos. Por lo tanto, el derecho definámoslo aquí simplemente como conjunto de normas puede (y debe) regular esa conducta a los fines de que ella no afecte la vida de las personas. En este sentido, el derecho ambiental es un derecho humano si nos importa el árbol no es por el árbol en sí mismo, sino porque su existencia beneficia la vida humana . La Constitución Nacional (1994) en su art. 41 recepta el derecho a un ambiente sano, contemplando el principio del desarrollo sostenible. Esta es una ética que reposa sobre un postulado de equidad interjurisdiccional e intergeneracional.

La normativa ambiental cristaliza el modelo de como una sociedad define el acceso y uso de sus recursos naturales. El nuevo código civil (2015) reconoce esa cláusula constitucional en términos prácticos (política ambiental). En su afán por emprender un camino tendiente a la des mercantilización de la naturaleza, da una especial atención a lo público por sobre lo privado y a lo colectivo por sobre lo individual. El código menciona los derechos de incidencia colectiva (art. 14), aclarando que la ley de ninguna manera ampara el ejercicio abusivo de los derechos individuales cuando estos puedan afectar el ambiente, además de mencionar el funcionamiento de los ecosistemas, la flora y fauna, la biodiversidad, el agua, los valores culturales y el paisaje (art. 240). Sin embargo, en medio de estos avances, el Código introdujo un cambio que generó polémica: la reducción del llamado camino de sirga.

¿De qué se trata? El camino de sirga se encuentra en el capítulo correspondiente a los límites al dominio, cuyo objetivo es permitir sirgar, esto es, remolcar o arrastrar una embarcación desde la orilla. Se aplica a cursos de agua navegables y consiste en una franja de terreno que paso de 35 metros a solo 15 desde la línea de ribera. Aunque es propiedad privada, el propietario no puede realizar en él ningun acto (ejemplo construcciones) que menoscabe la actividad del transporte fluvial. Parte de la doctrina, desde un enfoque que observa el ordenamiento jurídico integral, ha dicho que esa actividad no solo se debe reducir al transporte, sino también a la pesca y al esparcimiento. Lo que hay que entender es que el rio es un bien de dominio público (art. 235) y por ende se debe permitir el acceso a él. Para el derecho no es aceptable el acceso a determinado espacio del rio, debe ser sobre su totalidad.

La reducción del camino de sirga llego en un país donde las denuncias por su incumplimiento ya era moneda corriente. Con la legislación actual, en parte se legitima esas prácticas de obstrucción por parte de los propietarios. Para mencionar un caso extremo: en 2006, Cristian González y dos amigos fueron a pescar a la orilla del rio Quilquihue; desde las cabañas Andina les dispararon tiros intimidatorios, y cuando Cristian pidió explicaciones, el guardia privado Horacio Calderón le efectuó un disparo mortal en el cuello[1]. En la ciudad de Posadas, provincia de Misiones, también abundan los ejemplos. En varias zonas, no solo no se ha respetado el camino de sirga, sino que directamente se han privatizado bienes públicos. Un caso emblemático es lo que sucede con el “montecito” de villa cabello; una reserva urbana ambiental en beneficio de un club privado[2].

El impedimento ciudadano del acceso a un bien público como el rio tiene una vinculación fuerte entre democracia y derecho. La posibilidad de garantizar un ambiente sano y equilibrado para el desarrollo humano, así como la preservación al patrimonio natural y cultural, aumenta cuando la sociedad puede ejercer control sobre esos espacios; y para ello, necesariamente debe poder habitarlos. A pesar de todo, el código, deja una puerta abierta. El último párrafo del artículo atinente al camino de sirga dice lo siguiente: (…) “Todo perjudicado puede pedir que se remuevan los efectos de los actos violatorios de este artículo” Lo que significa que cualquier afectado puede demandar judicialmente al propietario por acción y al Estado por omisión. Bastaría hacerlo para ver qué pasa.

 

Referencias:

Pohl Schnake, V., Mantegna, S., & del Llano, T. (2019). Bienes comunes y conflictos socio-ambientales en torno a la segmentación normativa del territorio a partir del Código Civil y Comercial de la Nación vigente desde 2015. VII Congreso Nacional de Geografía de Universidades Públicas y XXI Jornadas de Geografía de la UNLP, La Plata, Argentina.



Mi primer articulo que se publica en un diario local. Estoy contento (aprendí a disfrutar). Se lo dedico a mi padre. Un tipo que me agarro y siempre me tiro para arriba.  

https://www.lavozdemisiones.com/opinion/el-derecho-a-llegar-al-rio-que-es-y-por-que-importa-el-camino-de-sirga/


 


martes, 14 de octubre de 2025

Burocratizar para desburocratizar. Un camino para hacer espacios







En el año 2021, la provincia de Misiones sancionó la Ley VI N° 273 de Promoción de Espacios Culturales, con el propósito de establecer un marco normativo para los espacios culturales independientes y autogestivos que fomentan la diversidad de expresiones artísticas y culturales (art. 1). Posteriormente, en 2022, Posadas se adhirió de manera expresa y total a esta ley mediante la Ordenanza III N° 236. Sin embargo, se trata de una norma planteada más como una carta de intenciones —basada en ideas de democracia cultural y cultura democrática— que como una herramienta efectiva, ya que no contiene ningún mecanismo que permita su aplicación real. En este sentido, aparece la necesidad de una reglamentación por parte del Ejecutivo municipal, o incluso de una nueva ordenanza, que contemple las diferentes realidades de los espacios culturales en la ciudad de Posadas.

Podemos decir que una de las funciones del derecho es buscar soluciones a las problemáticas sociales a través de la institucionalización. En este sentido, el derecho siempre corre detrás de los hechos. Si miramos el derecho comparado, y sin irnos demasiado lejos, en la ciudad de Corrientes existe una Ordenanza (6601) sobre Espacios Culturales Independientes que los categoriza —por ejemplo, en relación con la capacidad de personas— e incluye incluso figuras como la Casa de Artistas, domicilios particulares habilitados para actividades culturales. Además, se da la importancia que se merece a las condiciones de seguridad que deben cumplirse, mostrando una forma de encuadrar legalmente estos espacios sin perder de vista su carácter cultural.

Algunas de las situaciones conflictivas que pueden tener los espacios culturales independientes en la ciudad de Posadas se deben en gran parte al desconocimiento de los derechos y obligaciones en los que están inmersos. Algunas preguntas frecuentes son: ¿se pueden publicar abiertamente las actividades a realizar en el espacio? ¿Se puede vender bebidas o comidas? ¿Cuál es el criterio que se debe aplicar para el ingreso de menores de edad, teniendo en cuenta que hablamos de participación cultural? ¿Cómo proceder ante una denuncia por ruidos molestos? ¿Y qué sucede si alguien se lastima dentro del espacio? ¿De quién es la responsabilidad? Estas son dudas reales que muestran la necesidad de contar con reglas claras y adaptadas a la realidad actual.

Los espacios culturales no son bares, ni boliches, ni confiterías. Tienen un propósito principal: ser vehículos de cultura y participación ciudadana. Sin embargo, quienes se animan a regularizar sus espacios en el ámbito municipal se encuentran con la exigencia de realizar varias habilitaciones de diferentes rubros, ya que ninguna de las existentes contempla la totalidad de sus actividades. Por eso, hay que burocratizar para desburocratizar: crear una normativa que, en lugar de trabar, ordene y permita funcionar. Es necesario un procedimiento específico, construido a partir de una discusión amplia con todos los sectores involucrados, para que la ley pueda finalmente cumplir su propósito. Será solo un camino, pero un camino al fin, para hacer espacios.

lunes, 13 de octubre de 2025

EL DIA QUE LA JUSTICIA ARGENTINA CENSURO PREVIAMENTE

 





El último informe realizado por el centro regional V-Dem[i], que analiza en base a una compleja serie de variables el estado de las democracias en todo el mundo, arroja una conclusión preocupante: por primera vez desde la caída del Muro de Berlín, hay más autoritarismo (91) que democracias (88). Del mismo informe se desprende el empeoramiento en materia de libertad de expresión en 44 países; deterioro en la deliberación publica en 27; disminución de elecciones limpias en 25; restricción de la libertad de asociación en 22 y el debilitamiento del Estado de derecho en 18.

En línea con esa tendencia global, el informe anual (2025) realizado por la organización internacional: Reporteros Sin Fronteras[ii] afirma que, desde la llegada de Javier Milei a la presidencia, la Argentina registró una profunda caída en el índice global de la libertad de prensa, donde descendió 47 lugares sobre el total de 180. El documento busca reflejar que la situación económica, a menudo subestimada, es un factor decisivo en el debilitamiento de los medios de comunicación.

En este contexto, me gustaría examinar el fallo[iii] del 29/08/25 en el que un juez Federal de la Nación Argentina, mediante una medida cautelar, decretó el cese de la difusión -por cualquier medio- de audios atribuidos a la secretaria general de la Presidencia, la Sra. Karina Milei, hermana del Presidente de la Nación. El contenido de los audios versa sobre presuntos pedidos de coimas en la Agencia Nacional de Discapacidad, organismo encargado de resguardar los derechos de las personas con discapacidad. Rápidamente, desde diferentes esferas jurídicas y políticas, la resolución judicial fue caracterizada como un caso de censura previa.

El juez federal Maraniello sostuvo que la medida cautelar dispuesta no tenía por finalidad limitar el debate público ni el flujo de información, elementos esenciales de un sistema democrático.  Sino que solo comportaría una limitación temporal orientada a preservar bienes jurídicos de jerarquía constitucional, como ser la intimidad y el honor de la persona involucrada, así como también la seguridad institucional. Afirma, que la limitación encuentra sustento en la especial sensibilidad de los intereses estatales comprometidos; tanto así –dice-, que la no admisión de la medida cautelar podría traer aparejado consecuencias más perjudícales para la sociedad en su conjunto que la restricción temporal impuesta.

En lo que sigue, realizaré un breve análisis de la cuestión, dividido en tres puntos, para concluir que estamos ante un antecedente inédito y de extrema gravedad para nuestro Estado de derecho.

Censura previa

La doctrina Blakstone, formulada por el célebre jurista Ingles William Blakstone, consiste en responsabilizar a la prensa una vez ocasionado el daño, pero bajo ningún aspecto restringirla previamente. La fundamentación es que si bien la prensa en ocasiones podría ser utilizada para un mal propósito -lo que traería aparejado una sanción-, no podría nunca ser utilizada para un buen propósito a la vista de un censor. Esta idea se volvió cimiento jurídico en sociedades democráticas y Estados constitucionales.

Es así que la Constitución Argentina en su art. 14 establece el derecho: “…de publicar sus ideas por la prensa sin censura previa…”. En la misma línea, el art. 13.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos -tratado con jerarquía constitucional (art. 75 inc. 22 CN)- manifiesta: “Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión…” por cualquier procedimiento de su elección. El art. 13.2 agrega que esa libertad: “…no puede estar sujeta a previa censura sino a responsabilidades ulteriores…”, y el art. 13.4 contempla una única excepción; los espectáculos públicos que pueden ser sometidos a censura previa con el único fin de regular el acceso a ellos para la protección moral de las infancias y la adolescencia. Un ejemplo clásico son las salas de cine que, en razón del contenido de sus proyecciones, prohíben el ingreso a menores de edad resguardando el interés superior del niño.

La censura previa, como lo señaló la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso La última tentación de Cristo Vs. Chile del año 2001, puede generarse por actos u omisiones de cualquier poder u órgano del Estado, independientemente de su jerarquía. En el caso bajo análisis, la censura provino del poder judicial, en el que por supuesto no se da la excepción prevista en la normativa internacional. Dicho esto, corresponde preguntarse si cabrían responsabilidades ulteriores para aquellos medios que difundan los audios, a la luz de los derechos al honor y a la intimidad invocados por el juez.

Derecho a la intimidad y al honor

Un punto fundamental a tener en cuenta es que tanto el derecho al honor como a la intimidad de un funcionario público se ve reducida ante el derecho a la libertad de expresión. Si esa libertad de expresión se canaliza por un medio de comunicación cuyo contenido sea apreciado como “informativo”, se reduce aún más, pues se agrega otro derecho a un lado de la balanza; el derecho a la información. Lo que solo era un derecho individual ahora también es un derecho colectivo. 

En relación a esto, es importante determinar si la noticia recae sobre el ámbito “público” o el ámbito “privado” del funcionario. Lo que hay que entender es que la diferencia en la protección no se basa –principalmente- en la calidad del sujeto, sino en el carácter de “interés público” que conllevan ciertas actividades. Esta idea fue expuesta en el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Herrera Ulloa Vs. Costa Rica del año 2004. Allí, se desestima el reclamo de un funcionario público que invocaba su honor frente a una noticia que manifestaba irregularidades en el ejercicio de su función.

Para comprender la distinción, cabe recordar un precedente diferente: Balbin Vs. Editorial Atlántica (1984), resuelto por la Corte Suprema de la Nación Argentina. El debate se dio por la publicación de fotografías del Dr. Ricardo Balbín en su lecho de muerte. Los familiares alegaron violación a la intimidad, mientras que el diario invocó libertad de prensa y derecho a la información. La Corte concluyo que esas imágenes no tenían relación alguna con la actividad pública del dirigente, y por lo tanto no se encontraba involucrado el interés público.

En el caso actual, los audios tratan sobre presuntos pedidos de coimas en un organismo público de la administración nacional, lo cual involucra de manera directa al interés público.

Seguridad institucional

Finalmente, corresponde detenerse en el argumento de la “seguridad institucional”. Entiendo que el juez ha buscado agregar una frase rimbombante para justificar la medida impuesta. Paradojalmente, esta resulta demasiado imprecisa y de difícil justificación. En la práctica judicial no existe una definición clara de que se entiende por seguridad institucional y si esto sería un bien jurídico constitucional a tutelar[iv].

Pensemos por un rato, cuál sería el daño institucional que se busca evitar con la no difusión de los audios. La referencia a la seguridad como límite a la libertad de expresión fue cuestionada en el célebre caso de los Papeles del Pentágono (New York Times vs. Estados Unidos, 1971), donde la Corte Suprema estadounidense sostuvo que “la palabra seguridad es una generalidad vaga y amplia, cuyos contornos no deberían ser invocados para derogar el derecho fundamental a la libertad de expresión consagrado en la Primera Enmienda”.

En el caso argentino, las supuestas “consecuencias más perjudiciales para la sociedad” que justificarían la restricción temporal no aparecen claramente fundamentadas.

Reflexión final

Lo que busqué aquí fue describir una situación preocupante, contraria al ordenamiento jurídico nacional e internacional y a los principios democráticos que exigen un debate público robusto y desinhibido. La libertad de expresión es un pilar que protege, sobre todo, a la voz más crítica frente al poder. Dejar constancia de un hecho como este es advertir que no debería repetirse. No lo debemos permitir.

 

 

 


lunes, 1 de septiembre de 2025

LA CHISPA CONDENADA, LA CONTAMINACIÓN REAL IGNORADA


Ph.: www. agenciapresentes.org

Resulta lógico que en una sociedad democrática las personas tengan un rol decisivo en la formación de las normas que luego se les aplicarán. Ese rol se vuelve aún más relevante cuando hablamos del derecho penal, justamente por la naturaleza de lo que está en juego: la aplicación más atemorizante y dañina del poder del Estado, el uso de la fuerza. Frente a ello, necesitamos que el Estado exponga a toda la ciudadanía —y especialmente a quienes resultan directamente afectados— sus razones públicas más sólidas, razones que puedan ser comprendidas y compartidas por todos.

Más allá de la reglamentación y de la aplicación de la ley penal más benigna en el procedimiento judicial correspondiente, lo sucedido con el Centro Cultural La Chispa, en la ciudad de Asunción, Paraguay, es un ejemplo claro y a la vez preocupante. Su gestor, Sebastián Coronel, fue condenado por “contaminación del aire y emisión de ruidos dañinos”. Este hecho refleja cómo los sesgos sistémicos de quienes deciden y ejecutan la ley, pueden concentrar indebidamente la atención y los recursos del Estado —nuestros recursos— en cuestiones de escasa relevancia en términos de daño, mientras otros delitos de mayor impacto social ni siquiera son considerados con seriedad o reconocidos como tales.

Hace unos meses, el medio El Surtidor publicó “El peligro de respirar en la ciudad de los autos”, en el que muestra cómo el aglomerado urbano de Asunción afecta gravemente la salud de sus habitantes. La pregunta, entonces, es inevitable: ¿por qué el Estado no revisa esta situación, y en cambio decide castigar a un espacio cultural que justamente cuestiona la hegemonía del automóvil en el espacio público? En esa misma línea, otro artículo del mismo medio, titulado “Por cada seccional, un centro cultural”, recoge la voz de los gestores de La Chispa, quienes afirman: “(...) También desafía la idea de que la calle es propiedad de los autos, que hay que tener cuatro ruedas para merecer un lugar”.

Una de las formas, y diria que la principal, de combatir esto, en entender que la discusión nos pertenece. El Estado debe concebirse como una comunidad jurídicamente organizada, donde la participación se ejerce entre sujetos libres e iguales. Pero igualdad no significa uniformidad en una sociedad diversa en expresiones bajo una idea de un individualismo programado. La Chispa es precisamente una referencia de resistencia a la homogeneización cultural, a esos espacios que nos obligan a escuchar lo mismo, ver lo mismo y hablar de lo mismo.

La contaminación real, aquí, fue ignorada.


Referencias:

https://agenciapresentes.org/2025/08/18/paraguay-condenaron-al-coordinador-de-la-chispa-bastion-cultural-del-arte-y-la-diversidad/ 

https://elsurti.com/futuros/reportaje/2025/05/20/los-peligros-de-respirar-en-la-ciudad-de-los-autos/ 

https://elsurti.com/futuros/porvenir/scroll/2021/12/17/como-recuperar-seccionales/ 

 

 

 

 

 

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