lunes, 15 de agosto de 2022

Diplomatura en gestion cultural. Legislación cultural.

 



 

 

 

 

   

 Docente responsable: Mariano Antón.

Docente adjunto: Lino Lopez Torres. 

 

 

PRESENTACIÓN.-

Este módulo tiene la finalidad de contribuir a la profesionalización de los agentes culturales del sector público, privado y de la sociedad civil, equipándolos de herramientas e información referidas a la legislación y al marco jurídico para la toma de decisiones en la confección de planes, programas y proyectos culturales. Asimismo, se insta a la observación del ordenamiento jurídico desde una perspectiva de Derechos Humanos y de una ciudadanía activa, participativa y sustentable en el tiempo.  

CONTENIDOS A DAR (ENUNCIATIVO).-

Ordenamiento Jurídico. Derechos de expresión. Uso de imágenes.

El arte como manifestación o expresión; el arte como información; el arte como protesta a la cultura. El arte fundado en la norma jurídica.

Derechos culturales. El costo de los derechos. 

Participación en la vida cultural. El arte en espacios públicos, oportunidades y riesgos.

OBJETIVOS.-

- Abordar la legislación cultural, sus dimensiones y peculiaridades desde un punto de vista teórico-práctico haciendo uso de casos concretos.

- Conocer el marco jurídico y su orden de prelación, desde lo internacional, nacional, provincial y local.

- Visibilizar acerca de la importancia y oportunidades que brinda el conocer el ordenamiento jurídico para la realización de una política (macro) y un proyecto (micro).

 

*Zona 1 - Localidades: Posadas, Candelaria, Garupá, Santa Ana, Bonpand, Profundidad, Fachinal, Cerro Corá, Mártires y Loreto.

 

Bibliográfia.-

Edwin R. Harvey (1995). “Derechos Culturales”. UNESCO.

https://www2.ohchr.org/english/bodies/cescr/docs/discussion/EdwinRHarvey.pdf 

Antón M. y Lozina E. “Manual de Derechos Sociales y Humanos para la intervención del Trabajo Social. Editorial Universitaria de la Universidad Nacional de Misiones. 1º Edición.

https://drive.google.com/file/d/1duXF8RovrwOBbTp74OWianuPCCefBW8C/view?usp=sharing 

Antón M. “Derechos y Responsabilidades en una Comunicación con perspectiva en Derechos Humanos”. Editorial Universitaria de la Universidad Nacional de Misiones, 1° Edición. 2017. Libro digital, PDF - (Cuadernos de cátedra).   

https://editorial.unam.edu.ar/images/documentos_digitales/h3_978-950-579-456-0.pdf

 

Complementaria.-

Re pensar las políticas para la creatividad (2022). UNESCO.
https://es.unesco.org/creativity/publications/2022-informe-mundial-repensar-las-politicas-para-creatividad

Convención sobre Protección y Promoción Diversidad las Expresiones Culturales.
http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/anexos/135000-139999/135906/norma.htm


Paginas útiles.-

Organización de las naciones unidas para la educación, la ciencia y la cultura. 

https://es.unesco.org/

Observatorio de Legislación Cultural - El Observatorio de Legislación Cultural es un buscador de proyectos legislativos, legislación cultural vigente, normativa comparada, estadísticas y datos de interés del sector cultural de nuestro país, implementado desde la Dirección General de Cultura de la Cámara de Diputados de la Nación.

https://bit.ly/3xQ5qTd

Digesto Jurídico de la Provincia de Misiones.

http://digestomisiones.gob.ar/

Digesto Jurídico de la Ciudad de Posadas.

http://digesto.hcdposadas.gob.ar/

 

Noticias.-

¿Qué es el arte? Lo que diga un juez.

Lo siguiente es un resumen de fallos judiciales que tratan de dar certeza a la propiedad intelectual. La pregunta formulada es: ¿Quién es el autor de la obra? ¿Aquel que tiene la idea o la ejecuta? La jurisprudencia ha utilizado la originalidad como criterio relevante. Asimismo, ha dicho de la fotografía que esta requiere una "altura mínima creativa" para ser una obra de arte. Se ha puesto en discusión la usurpación de la personalidad; y se ha decidido, entre otras cosas, que la expresión artística no puede ser considerada un delito de odio siempre y cuando comprenda un sentido estético. 

https://www.eldiario.es/cultura/arte/arte-diga-juez-azcona-cattelan_1_9164941.html 

 

Masacre de Napalpí. Cuando la cultura es tenida en cuenta en una sentencia.

La justicia Federal de Chaco resolvió que existió responsabilidad del Estado Nacional en la Masacre de Napalpí del 19 de julio de 1924 y que se trató de crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de un proceso de genocidio de los pueblos indígenas. En la sentencia se ordenó la constitución de un museo y un espacio de memoria en el lugar de los hechos. Así se demuestra la importancia y la utilización de la cultura en un fallo judicial. 

https://www.argentina.gob.ar/noticias/masacre-de-napalpi-la-justicia-federal-de-chaco-considero-que-se-trato-de-crimenes-de-lesa

Novedades.-

Lo siguiente es una actividad que demuestra como la cultura sirve para poner en debate diferentes temáticas. En este caso, el papel del espacio público como condición de ciudadanía y estado de derecho. 

METROS VERDES

Lima es una de las ciudades que presenta menor área verde por habitante: 2,9 m2 en promedio; distritos como San Juan Lurigancho y Breña presentan cantidades menores a 1m2. Aun así estas áreas corren el riesgo de ser privatizadas, según la lógica de progreso y mercado.
Unos metros verdes es una intervención que juega con esa posibilidad de privatización del espacio común como son las áreas verdes. La intervención se realizó en el distrito de Breña.

Vídeo: https://vimeo.com/75617762 

 

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