jueves, 14 de enero de 2021

La libertad de conciencia.

http://www.laley.thomsonreuters.com/nota/ 4494

Ley, Jurisprudencia, Derecho comparado, Doctrina. 

(Última parte del texto)

Finalidad y crítica al uso de la objeción de conciencia en relación a la práctica del aborto.

La objeción de conciencia, nació para proteger minorías atribuladas que en el juego de mayorías podrían ver anulada su posición y afectada su conciencia. Pero esta defensa se encuentra hoy —como parte de un "secularismo estratégico" que no guarda una dosis democrática de laicidad— siendo utilizada en Argentina para otros fines: vaciar de contenido políticas públicas que se implementan en materia de derechos sexuales y reproductivos.

Deza, Soledad, Aborto, objeción y maldición, AR/DOC/1163/2018

miércoles, 16 de diciembre de 2020

Charles Louis de Secondat.

"El amor a nosotros mismos, el deseo de conservarnos se transforma de tantas maneras y obra por principios tan contrarios, que nos lleva al sacrificio de nuestro propio ser por amor a nuestro propio ser. Y tanto es el cuidado que ponemos en nosotros mismos que consentimos en perder la vida por un instinto natural y oscuro que hace que nos queramos más que a nuestra vida misma" 


De la Cátedra de Ciencias Políticas, de la carrera de Trabajo Social, dictada en la Facultad de Humanidades y Ciencias Sociales de la UNaM.

Clase: Barón de Montesquieu.

Material de estudio:

Prólogo por Enrique Tierno Galván. Del espíritu de las leyes.

Liberalismo y Regímenes políticos. El aporte de Montesquieu. Por Daniel Mansuy.

Guia de lectura. Texto Daniel Mansuy.

Libro XI. Cap. III. Del espíritu de las leyes.

Clase explicativa grabada. youtube.

Material complementario:

El liberalismo . Kurt Lenk.

Montesquieu, un clásico políticamente incorrecto. Carmen Iglesias. youtube. 


domingo, 8 de noviembre de 2020

Derecho/Política.

 


 

De una vez por todas y para siempre hay que entender que el Derecho y la Política son estamentos separados. Si bien es cierto que "el Derecho es un producto social", y de ahí lo político; también es cierto que el Derecho una vez creado por el legislador (hablo de la ley positiva objetiva) y en tanto se apegue a la constitución (ley de leyes), debe ser venerado por los juzgadores de tal manera que le sea imposible la agregación siquiera de una “coma”, cambiando su espíritu y favoreciendo subjetividades por interpretaciones que trivializan al derecho.  A si, el legislador en su tarea de "creación de la ley” debe ser lo más preciso y claro posible, para no dar lugar a mayores extensiones interpretativas por parte de los “aplicadores de la ley” que son los jueces.  A estos no les compete, o al menos no primordialmente, la observación de la política (ej. demandas sociales); les compete la “observación del Derecho”, como cual recluta observa a su comandante.  A claro que no soy partidario del “positivismo” extremo, pero cuando caemos en la lógica de “cualquier interpretación es posible”, siguiendo una línea “abstracta”, cosa contraria a la razón y al sentido común (faros luminosos que orientan al Derecho); estamos ante el peligro de quebrar por completo la razón de ser de la ley: el orden.  


jueves, 24 de septiembre de 2020

Algo anda muy mal en América Latina

 https://nuso.org/articulo/el-no-alineamiento-activo-una-camino-para-america-latina/

Reforma Judicial



La Presidenta del Senado entendió que no era necesario que la oposición se haga de oídos y vistas a las modificaciones hechas a última hora del proyecto en cuestión. Exactamente dijo (ante el reclamo del Senador Lousteau): " Senador, van a votar en contra, eeee..."

No veo nada más inconstitucional que semejante barbaridad.

No entiendo por qué no hacen estas cosas en el patio de una casa o en la terraza de un hotel (al menos pagarían los servicios de luz). Sí total, que importa el pueblo? (escondámonos de ellos, mejor). Que importa la democracia, el diálogo y el debate? 

Que sangren las instituciones.

Que tragedia!


domingo, 13 de septiembre de 2020

Roman J. Israel, Esq.


Roman J. Israel, Esq. | Netflix




Corte suprema de ley universal absoluta.
División de los Ángeles.

Román J. Israel, Esq.
Abogado.
Demandante
Vs.
El mismo.

NOTIFICACIÓN.-
Inhabilitar permanentemente a Román J. Israel, Esq. Abogado en el tribunal de California y en la raza humana. Por ser hipócrita y por darle la espalda a todo lo que alguna vez afirmo verdaderamente representar.

ARGUMENTACIÓN DEL CASO.-
1.- Durante 26 años, el demandado/demandante ha sido empleado en la oficina de abogados de William Henry Jackson: una firma de defensa penal de la Ciudad de Los Ángeles compuesta por dos socios. Durante ese tiempo las responsabilidades del demandado/demandante consistieron en redactar informes, mociones y alegatos. Fue así como el socio principal William Henry Jackson pudo concentrarse ante las presentaciones del tribunal. Esta relación laboral se vio perturbada hace 3 semanas. Eso desencadeno una sucesión de eventos que provocaron la deleznable conducta ética, moral y delictiva de Roman J. Israel, Esq. Abogado. Y que sentaron las bases del pedido anteriormente mencionado. La solicitud de su inmediato y sumario juicio...




martes, 25 de agosto de 2020

Distintas chimeneas de un mismo fuego.


Imagen: Revista anfibia.

Más allá de los productores que queman por cuestiones operativas o para renovar el forraje, de los desarrolladores inmobiliarios, de los cazadores y pescadores, de los turistas y kayakistas, surgieron otras teorías sobre el origen de los incendios: “Son los ambientalistas para que salga la ley de humedales”; “son patrullas kirchneristas para perjudicar al campo”; “es geopolítica: nos quieren sacar el humedal”; “es por el acuerdo con China para la producción porcina”. 

Articulo: http://revistaanfibia.com/cronica/distintas-chimeneas-mismo-fuego/


lunes, 10 de agosto de 2020

Ley XVI N° 129. P. Misiones.

ARTÍCULO 1.- Prohíbase en todo el territorio provincial el uso de bolsas de plástico y todo otro material no biodegradable utilizadas y distribuidas en la actividad económica para el transporte de productos o mercaderías de los consumidores. Lo dispuesto rige a partir de dos (2) años a contarse desde la publicación de la presente Ley. Dicho plazo se establece con el fin de iniciar un cambio cultural de las costumbres cotidianas hacia hábitos más amigables con el medio ambiente.


La última oración del artículo es el fiel reflejo de que la ley siempre le corre de atrás a la costumbre (fuente del derecho): hábito que se torna obligatorio para los sujetos de una comunidad. 
Así; para el cumplimiento de una ley pueden pasar dos o diez años. "O quizás solo unos pocos meses".

Articulos.